La regularización de los servicios públicos de tránsito y transporte en el Estado de Nayarit, tiene como antecedente la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Nayarit, la cual fue publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nayarit, el día diecisiete de diciembre de mil novecientos noventa y siete, sin embargo la situación actual del transporte público así como del tránsito en el Estado ha quedado superado en su regulación, por tal motivo y con la finalidad de avanzar hacía un Gobierno Eficiente en términos de lo establecido en los Programas del Plan Estatal de Desarrollo Nayarit 2017 – 2021, que responde a la necesidad de garantizar a la ciudadanía nayarita de contar con entidades y servidores públicos eficientes en el desarrollo de sus actividades administrativas, así como responderá en el avance en una modernización en la movilidad del Estado.
En ese sentido, el Gobernador Constitucional del Estado mediante decreto de fecha veintinueve de mayo de dos mil diecinueve, publicado en el Periódico Oficial, reformo, adiciono y derogo diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, la cual tuvo por objeto la reorganización de la administración pública que propone que las atribuciones de tránsito y transporte que realizaba el Gobierno del Estado a través de la Secretaría General de Gobierno fueran realizadas por la Secretaría de Movilidad, la cual entraría en funciones una vez que se publicara la Ley de Movilidad del Estado de Nayarit, la cual fue publicada en el Periódico Oficial mediante decreto de fecha siete de enero de dos mil veinte, el cual tuvo como efectos abrogar la Ley de Tránsito y Transporte, así como la entrada en funciones de la Secretaría de Movilidad.